ACUERDO CGPJ SOBRE PRESENTACIÓN DEMANDAS Y ESCRITOS A PARTIR DEL MIERCOLES 15 DE ABRIL

Acuerdo del Presidente del TSJC de 14 de abril, en el que se concretan los servicios que deberán prestar las oficinas de los diferentes Juzgados y Tribunales así como los Registros Civiles de Cataluña desde el día 15 al 26 de abril.

Salvo que se trate de las cuestiones declaradas o que se declaren como urgentes e inaplazables, no está permitida la actividad presencial en los edificios judiciales.

Salvo que se trate de las cuestiones declaradas o que se declaren como urgentes e inaplazables, una actuación ordinaria o común que requiera la presencia en la oficina judicial para la retirada o entrega de documentos, de copias en soporte papel, soportes digitales u obtención de copias u otra cuestión o gestión equivalente, el profesional tiene que evitar acudir a la oficina judicial y se recomienda el previo contacto telefónico con la oficina judicial para su gestión telemática.

Finalmente, se tiene que recalcar que, salvo que se trate de las cuestiones declaradas o que se declaren como urgentes e inaplazables, el funcionamiento de los juzgados y tribunales hacia los profesionales (abogados, procuradores y graduados sociales) se limita al envío y recepción de notificaciones, la apertura de los registros telemáticos para la presentación de escritos y demandas, manteniéndose, la suspensión de los plazos procesales, las actuaciones judiciales y la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad.

A pesar de que se pueden presentar todos los escritos, siempre que sean telemáticos, es importante hacer una “autogestión corporativa” en su presentación para no colapsar el servicio y que ello no provoque una limitación posterior. Por este motivo se recomienda presentar en primer lugar los escritos de plazo y los más urgentes y en los próximos días, cuando se haya vaciado el buzón del sistema ejusticia.cat, los escritos de trámite de manera escalonada.

Consultar los documentos en los siguientes enlaces:

Acuerdo CGPJ

Acuerdo Presidente TSJC

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